Reconocimiento del pluralismo jurídico de las rondas campesinas mediante el “Acuerdo Plenario” del Poder Judicial peruano

Autori

  • Yuri Alekandrov Tornero Cruzatt UNIVERSITÀ DI FERRARA ASSOCIAZIONE DI DIRITTO COMPARATO UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

DOI:

https://doi.org/10.6092/issn.2036-0967/5951

Parole chiave:

rondas campesinas, jurisdicción especial, Acuerdo Plenario,

Abstract

En este texto analizamos el rol de las rondas campesinas reconocido por el “Acuerdo Plenario” de la Corte Suprema del Poder Judicial peruano. La decisión resuelve el conflicto entre sentencias contradictorias e incluye el derecho a la “jurisdicción especial” de las rondas. La decisión de la Corte ha insertado, reforzando una política normativa que se basa en el pluralismo jurídico y que se encuentra al interior del Convenio 169 de la organización Internacional del Trabajo, al ordenamiento una jurisprudencia con calidad de “doctrina legal”, la cual es un instituto similar al precedente vinculante de los tribunales constitucionales.

Pubblicato

2015-12-15

Come citare

Tornero Cruzatt, Y. A. (2015). Reconocimiento del pluralismo jurídico de las rondas campesinas mediante el “Acuerdo Plenario” del Poder Judicial peruano. Confluenze. Rivista Di Studi Iberoamericani, 7(2), 210–222. https://doi.org/10.6092/issn.2036-0967/5951